Baja por embarazo de riesgo
La prestación por riesgo de embarazo es un derecho de todas las trabajadoras, independientemente de su antigüedad en el puesto, que trata de cubrir la pérdida de rentas que se produce durante el tiempo que dure la suspensión del contrato de trabajo por esta circunstancia.
No hay un periodo máximo de duración establecido, salvo el que deriva del propio proceso de gestación, puesto que se abonará durante el periodo necesario para la protección de la seguridad o de la salud de la trabajadora o del feto. Finaliza el día anterior a aquel en que se inicie la suspensión del contrato de trabajo por maternidad o el de reincorporación de la mujer trabajadora a su puesto de trabajo anterior o a otro compatible con su estado.
Conoce más sobre esta prestación a través de la siguiente infografía. Consulta tu caso con un gestor administrativo. Localiza al más cercano a través del buscador del Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España.