COVID-19: Avales para la financiación del alquiler: ¿Cómo se acreditan los requisitos?

Los arrendatarios, que en cumplimento de lo dispuesto en el RD-ley 11/2020 y la Orden TMA/378/2020, de 30 de abril, tendrán que acreditar los requisitos para la concesión de avales, con la siguiente documentación:

a) En caso de situación legal de desempleo, certificado expedido por la entidad gestora de las prestaciones en el que figure la cuantía mensual percibida en concepto de prestaciones o subsidios por desempleo.

b) En caso de cese de actividad de los trabajadores por cuenta propia, certificado expedido por la AEAT o el órgano competente de la Comunidad Autónoma, en su caso, sobre la base de la declaración de cese de actividad declarada por el interesado.

c) Personas que habitan en la vivienda habitual:

–  Libro de familia o documento acreditativo de pareja de hecho.

– Certificado de empadronamiento relativo a las personas empadronadas en la vivienda, con referencia al momento de la presentación de los documentos acreditativos.

d) Titularidad de los bienes: Certificado catastral o nota simple del servicio de índices del Registro de la Propiedad de todos los miembros de la unidad familiar.

e) En todo caso, declaración responsable del arrendatario relativa al cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 4 de esta Orden, en los términos dispuestos en esta letra. Esta declaración podrá sustituir la aportación de algunos de los documentos anteriores siempre que incluya la justificación expresa de los motivos, relacionados con las consecuencias de la crisis del COVID-19, que le impidan su aportación. Tras la finalización del estado de alarma y sus prórrogas dispondrá del plazo de 3 meses para aportar dichos documentos a la entidad de crédito.

Junto con estos documentos se presentará la solicitud del préstamo, que incluye la declaración responsable, conforme al modelo establecido en el anexo I de la Orden TMA/378/2020, de 30 de abril.

Si quieres saber más, no lo dudes, consulta con un GA. Localiza al más cercano a través del buscador del Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España.