¿Qué tengo que hacer si he heredado unas acciones y cómo se calcula su valor de adquisición?

Para la adjudicación (cobro) de las acciones heredadas, o lo que es lo mismo, para el cobro de las mismas, es necesario realizar un cambio de titularidad. Por su parte, los bancos están obligados legalmente a bloquear de forma rápida las cuentas corrientes y cuentas de valores al fallecimiento del titular, pero solo hasta el momento que los herederos obtengan la escritura notarial de la aceptación de la herencia.

Hasta ese momento, no se puede hacer el reparto correspondiente, ni permitir el pago del dinero en efectivo a ningún posible heredero. Esto incluye tanto a las acciones, dividendos o saldos ingresados en cuenta, si los hubiera.

Liquidado el impuesto de sucesiones y realizados los trámites necesarios para la regularización de los bienes adquiridos por herencia, las acciones pasarán a ser titularidad de los herederos.

Valor de adquisición

Para calcular el valor de adquisición de las acciones adjudicadas por herencia este será igual al valor de cotización de los valores en la fecha del fallecimiento de su titular más los gastos e impuestos derivados de su adquisición por el heredero (la entidad bancaria emite un extracto de situación de saldos, denominado también posiciones acreedoras y/o deudoras a fecha del fallecimiento del titular). 

Es importante tener en cuenta que la suma de estos gastos, al valor de adquisición, puede motivar que este sea superior al de transmisión y, en consecuencia, una pérdida fiscal.

¿Has heredado acciones y tienes dudas con su adquisición? Consulta con un gestor administrativo, localiza al más cercano a través del buscador del Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España.