Sociedad patrimonial: Qué es: Ventajas e inconvenientes

La sociedad patrimonial es aquella que no se dedica principalmente a desarrollar actividades económicas sino a la administración de un patrimonio (artículo 5.2 de la Ley de Sociedades de Capital), generalmente compuesto por valores o bienes inmuebles. Por ello, más de la mitad de su activo debe tener forma de valores o no estar afectos a ninguna actividad económica.

Con la Ley 31/2014, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo, las ventajas de este tipo de sociedades se han recortado, aunque siguen teniendo las siguientes:

Ventajas:

  • Facilitan la sucesión. Es frecuente constituir una sociedad patrimonial para una herencia cuando esta consiste en un patrimonio elevado.
  • El patrimonio queda protegido. Al quedar el patrimonio familiar bajo titularidad de la empresa, este no queda amenazado por la actividad profesional de sus socios, que se desarrolla por otras vías. Además, si el bien genera rendimientos, deducibles en el Impuesto de Sociedades.
  • Permiten ahorrar en el IRPF. Si los inmuebles de la sociedad estuvieran en el patrimonio del titular estos devengarán hasta el 2% del valor catastral en concepto de rendimientos presuntos. Como consecuencia del efecto ahorro que supone tributar por el Impuesto de Sociedades para grandes patrimonios, se extiende, al Impuesto sobre el Patrimonio.

Desventajas:

  • Al no desarrollar actividad económica tendrán vedadas muchas bonificaciones e incentivos fiscales, entre ellos, los correspondientes a entidades de nueva creación o reducida dimensión.
  • Frente a los particulares, tampoco tienen acceso a todas las bonificaciones, como la reducción sobre el rendimiento neto en el alquiler de viviendas.

En definitiva, para determinar si una sociedad patrimonial genera ahorro o, todo lo contrario, es necesario hacer la comparativa con otras figuras legales.

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