Visado (renovación) de autorizaciones de transporte en el año 2017

El transporte de mercancías y de viajeros está sujeto a autorización, es decir, para poder realizar esta actividad, hay que cumplir con los requisitos que la normativa determina y solicitar la autorización que corresponda a la Administración, la cual, una vez acreditado que se cumplen estos requisitos, otorga esta autorización en forma de tarjeta de transporte.

La validez de la autorización no tiene un plazo prefijado, pero está condicionada a la comprobación periódica por parte de la Administración del mantenimiento de las condiciones que, originariamente, justificaron su otorgamiento y que constituyen requisitos para su validez y de aquellos otros que, aun no siendo exigidos originariamente, resultan, asimismo, de obligado cumplimiento. Esta comprobación se realiza a través del visado, que se efectúa cada dos años previa solicitud acompañada de documentación acreditativa del cumplimiento de estos requisitos y abono de la correspondiente tasa.

Durante el año 2017 las empresas titulares de autorizaciones de transporte privado complementario de mercancías (clase MPCE), mixto (clase XD), de transporte sanitario (clases VS y VSPC), de transporte de viajeros en autobús (clases VD y VPC), de transporte público interurbano de viajeros en vehículos de turismo (clase VT) y de arrendamiento de vehículo con conductor (clase VTC), deberán solicitar su visado en la Delegación Territorial de Fomento y Vivienda correspondiente al domicilio de las mismas.

Para poder realizar el visado es indispensable además no tener pendiente de pago ninguna sanción firme en vía administrativa por infracciones en materia de transporte. Consulta a tu gestor administrativo. Localiza al más cercano a través del buscador del Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España.