Se sabrá si una empresa, empresario o profesional, en el caso de las personas físicas, son sujetos obligados a la normativa de prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, por su actividad.
La Ley 10/2010 en su artículo 2.1 enumera todos los sectores profesionales obligados al cumplimiento de esta.
Es importante aclarar que la sujeción al cumplimiento de la Ley 10/2010 viene marcada por el ejercicio efectivo de la actividad determinada, es decir, si no la lleva a cabo de forma efectiva, aunque conste dentro del redactado del objeto social, no lo convierte por esa actividad en sujeto obligado a la normativa de PBC&FT.
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